Jornada: «PROTECCIÓN DE DATOS EN EL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN»
El abogado y experto en la materia, Diego Fanjul, explicó las claves del registro de jornada biométrico, la videovigilancia y el control de alcoholemia
La protección de datos es un derecho fundamental de las personas recogido en el artículo 18.4 de la Comunidad Europea y otras legislaciones. Para las empresas, cumplir con la protección de datos supone ser respetuoso con los derechos de los empleados, clientes y proveedores. También para evitar multas y anticiparse a posibles riesgos. El objetivo de esta jornada impartida por el abogado y experto, Diego Fanjul, fue aclarar conceptos a las empresas en cuestiones como el registro biométrico, la videovigilancia y el control de alcoholemia. Sobre el registro biométrico, Fanjul expuso que la legislación actual no considera necesario su uso con la finalidad de un control horario de la jornada de trabajo al considerar que se trata de información demasiado personal y sensible para la persona. Respecto al uso de cámaras para el control laboral, se podrán adoptar siempre que exista una relación de proporcionalidad con la finalidad perseguida respetando el derecho a la intimidad e imagen de los trabajadores. En todo caso, siempre se deberá informar con carteles y personalmente. Hay que plantearse siempre si no hay otro método más idóneo que no implique grabar a las personas. No se puede grabar en las zonas de descanso. El control de alcoholemia y drogas se considera un dato de salud, pero en la legislación está permitido su uso en las empresas para verificar si el estado de la persona puede constituir un peligro en el desempeño de su labor. El control de alcoholemia se realizará por personal sanitario a través del servicio de prevención de riesgos laborales. Es muy importante que se establezca un protocolo de actuación negociado con los trabajadores.