AYUDAS PARA LA PROMOCIÓN DE LA OCUPACIÓN Y LA MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD DE COOPERATIVAS, MICROCOOPERATIVAS Y SOCIEDADES LABORALES DE LAS ILLES BALEARS POR LOS AÑOS 2025 Y 2026

En el BOIB 167, de 21 de diciembre, se publicó la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía mediante la cual se aprueba la convocatoria de ayudas para la promoción de la ocupación y la mejora de la competitividad de cooperativas, microcooperativas y sociedades laborales de las Illes Balears por los años 2025 y 2026.

El objeto de esta convocatoria es aprobar las ayudas para promocionar la ocupación y la mejora de la competitividad de cooperativas, microcooperativas y sociedades laborales de acuerdo con los programas siguientes:

a) Programa I. Mantenimiento de lugares de trabajo
Va destinado a subvencionar aquellas cooperativas, microcooperativas y sociedades laborales que mantengan los lugares de trabajo que tenían en la fecha de solicitud de la subvención durante un año desde la notificación de la Resolución de concesión.
Los lugares de trabajo que supongan incorporación de personas por las cuales se solicita una ayuda del programa II están excluidos del Programa I.

b) Programa II. Incorporación de nuevas personas a cooperativas, microcooperativas o sociedades laborales
Se dirige a la incorporación de personas, que cumplen los requisitos indicados en el punto 4.4 de esta convocatoria y aportan trabajo a la entidad, como:
- socio laboral o socio trabajador o de trabajo.
- persona asociada o persona socia temporal en cooperativas o microcooperativas.
- como persona socia colaboradora en cooperativas.
Se incluye también el caso de personas que se incorporan en sustitución de personas socias fundadoras a cooperativas o microcooperativas.

c) Programa III. Creación de cooperativas, microcooperativas y sociedades laborales
Fomenta la creación de cooperativas, microcooperativas y sociedades laborales mediante la subvención de los gastos asociados a su creación.

d) Programa IV. Inversiones en nuevas tecnologías
Financia inversiones en nuevas tecnologías de gestión, de la información y de las comunicaciones que contribuyan a incentivar, consolidar o mejorar la competitividad de cooperativas, microcooperativas y sociedades laborales.

Periodo subvencionable
- Año 2025: se subvencionan los gastos ejecutados desde el 1 de junio de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024.
- Año 2026: se subvencionan los gastos ejecutados desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025.

Plazos de solicitud:
- Para el primer periodo en 2025: del 3 febrero al 3 de marzo de 2025, ambos incluidos.
- Para el segundo periodo en 2026: del 3 febrero al 3 de marzo de 2026, ambos incluidos.



https://intranet.caib.es/eboibfront/pdf/es/2024/167/1179324
3 marzo, 2026